El detalle de las propuestas
Red incluye y COS han querido resumir su propuesta en 10 puntos:
- Las personas en situación de discapacidad que hayan cursado educación especial serán admitidas para postular a vacantes del Estado.
- La exigencia de condición de salud compatible para los procesos de selección del Estado no guardará relación con la condición de discapacidad del postulante.
- Los servicios públicos no podrán aludir como razón fundada la ausencia de cargos disponibles cuando exista ampliación de plantas en dichos servicios.
- Los organismos del Estado no podrán aludir que los candidatos no son compatibles con el cargo por problemas de accesibilidad de los recintos, ya que la Ley 20.422 así lo exige.
- Las empresas no podrán dividir jornadas laborales para contratar más personas por menos tiempo de trabajo.
- Las personas podrán acreditar su discapacidad con el RND o con la resolución de la COMPIN.
- Las personas asignatarias de pensión de invalidez podrán acreditar dicha condición a través del Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la SUSESO o con el comprobante de pago de pensión básica solidaria de invalidez.
- Las empresas que tienen contratadas a personas con discapacidad podrán celebrar un número limitado de contratos de prestación de servicios a terceros con empresas, para permitir el cumplimiento de la medida alternativa.
- Sólo mutuales, SUSESO E ISL podrán certificar que un cargo no es apto para una persona con discapacidad por la naturaleza de sus funciones.
- Sólo organizaciones de intermediación laboral podrán acreditar la falta de interés de las personas en postular a una vacante.












